En julio de 2013 la OCDE presentó en París ante los integrantes del G-20 el “Plan de acción para evitar la erosión de las bases gravables y la transferencia de utilidades (de una jurisdicción fiscal a otra)” mejor conocido como BEPS (Base Erotion and Profit Shifting) por sus siglas en inglés.
El plan BEPS es un ambicioso proyecto que busca, de alguna manera, reparar o corregir el sistema fiscal internacional, por cuyos resquicios, considera el G-20, se rompe el equilibrio fiscal y se afecta de múltiples maneras a los distintos Estados involucrados en la dinámica mundial del comercio y las transacciones económicas.
Ante lo que puede representar un punto de inflexión en materia fiscal internacional dedicamos este capítulo a revisar los objetivos generales del plan y sus 15 planes de acción.
Objetivos del plan
De manera general, es posible enunciar los objetivos del Plan BEPS como sigue:
- Eliminación de la doble no tributación o la reducción de la tributación provocada por las diferencias entre los distintos sistemas tributarios.
- Adecuación del sistema fiscal a la nueva realidad económica.
- Alineamiento de las obligaciones tributarias con la sustancia económica y la cadena de valor de la empresa.
- Adopción de acciones coordinadas que eviten medidas unilaterales que pudieran causar doble tributación.
La OCDE contempla en todo momento un proceso incluyente donde todos los involucrados: autoridades fiscales, contribuyentes, academia sociedad civil participen y se garantice así la consecución de objetivos globales y sobre todo, claridad y transparencia.
Las acciones propuestas por el Plan BEPS
Para alcanzar sus objetivos, el Plan BEPS propone la adopción de las siguientes 15 acciones:
- Acción 1: Identificación de los principales retos que la economía digital representa para fines tributarios.
- Acción 2. Neutralización de los efectos de instrumentos o entidades híbridos asimétricos (generadores de doble no tributación, doble deducción o diferimiento).
- Acción 3: Recomendaciones sobre el diseño de normas de Transparencia Fiscal Internacional.
- Acción 4: Prevenir la erosión de bases gravables a través de deducción de intereses y otros pagos financieros.
- Acción 5: Combatir las prácticas tributarias nocivas de manera más efectiva.
- Acción 6: Prevenir el abuso de tratados tributarios.
- Acción 7: Impedir que se evite de manera artificial la figura de establecimiento permanente.
- Acción 8: Evitar el uso indebido del principio arm´s length en el tratamiento de activos intangibles.
- Acción 9: Evitar el uso indebido del principio arm´s length en el tratamiento de riesgos y capital.
- Acción 10: Evitar el uso indebido del principio arm´s length en el tratamiento de otras operaciones de riesgo.
- Acción 11: Establecer metodologías para recabar y analizar información relevante para BEPS y establecer acciones sobre los fenómenos que a partir de éste se susciten.
- Acción 12: Requerir a los contribuyentes la revelación de estrategias de planeación fiscal agresiva.
- Acción 13: Necesidad de reexaminar la documentación de precios de transferencia.
- Acción 14: Mejorar efectividad de mecanismos para resolución de disputas
- Acción 15: Desarrollar un instrumento multilateral para modificar tratados fiscales.
Si quieres profundizar en el tema lee mi libro “BEPS. Los impuestos y la creación de valor” disponible en mi librería virtual.
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